MinVivienda anuncia medidas pero se siguen presentando desalojos

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Foto: Archivo Referencial

En las últimas horas se presentaron dos acciones sobre el mismo tema en el país, pero con un desarrollo diferente, inclusive una contradiciendo a la otra. El tema del pago de los arriendos viene teniendo varias peticiones por parte de ambos bandos involucrados, es decir, arrendatarios e inquilinos.

En las últimas horas, desde el Gobierno Nacional se anunciaron nuevos protocolos para afrontar esta situación que viene tomando fuerza debido a que en los siguientes días se espera un pago del mes transcurrido (marzo) o el que viene (abril), dependiendo del caso. Sin embargo, casi que alterno, decenas de familias denunciaron que los habían desalojado de las viviendas.

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Desde el Ministerio de Vivienda se determinaron cuatro nuevas medidas que tomará el Gobierno para enfrentar este tipo de trámites, donde el jefe de la cartera, Jonathan Malagón expresó nuevamente que la posibilidad de congelar este pago está descartada debido a que la situación del mercado hipotecario tiene un problema de doble vulnerabilidad.

En este problema que menciona el ministro se encuentra la dicotomía por las necesidades de las personas que brindan el espacio para que sea habitado y que se tenga una remuneración económica por el mismo hecho, no obstante, también se encuentra la dificultad de pago por parte de quien se ubica en el inmueble debido a la cuarentena nacional y la falta de recursos para pagar este servicio.

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Por esta razón es que desde el MinVivienda se anunciaron algunas medidas que se espera pueda mejorar la situación actual de las cerca de cinco millones de familias que viven en arriendo en todo el territorio nacional, entendiendo que muchas más pueden estar ceñidas a un manejo informal y que se verán afectadas por la situación actual del país.

Cuatro serán las acciones que se tendrán en cuenta para velar por los intereses de ambas partes involucradas. La primera de ellas es que queda prohibido el desalojo de las familias dentro de la emergencia que vive el país. Posterior a esta, se determinó que los deudores no podrán ser sometidos a ningún tipo de acción penal por sus retrasos en los pagos.

Añadido al anterior punto, se explicó que no se podrá cobrar “mora” durante este período de emergencia, y que cualquier determinación que se haya estipulado con anterioridad debe entender la situación actual y no proceder hasta que todo vuelva a la normalidad.

La tercera medida entiende que no puede haber en ninguna circunstancia, aumento en el cobro de los arriendos, sin importar que con anterioridad se haya establecido, la medida de incremento hipotecario deberá esperar hasta el final de la crisis económica actual. Y finalmente, muy de la mano con la primera medida, Malagón señaló que no se podrá acatar el vencimiento de un contrato durante este período.