A través de la circular 022 del 8 de marzo de 2021, el Ministerio de Trabajo informó que ninguna empresa, ya sea pública o privada, puede exigir a sus trabajadores la prueba Covid-19 y tampoco puede ser un requisito para una futura contratación.
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Según dice el documento, si la empresa considera necesaria la realización de la prueba en busca de seguridad y salud en el área de trabajo, es la compañía la que debe cubrir los costos de la misma.
“Cuando la protección de la persona y de la comunidad laboral, así como las condiciones de seguridad y salud en el trabajo lo requieran, el empleador, bajo su responsabilidad y costo, podrá remitir al trabajador ante el personal idóneo para que sea efectuada la prueba (Covid-19)”.
De igual manera, el Ministerio enfatiza que el resultado de la prueba no puede ser un causal para la terminación del contrato.
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“El resultado de esta (prueba) pueda ser utilizado como causal para terminar la relación laboral”.
Por último, la entidad recordó que toda empresa está obligada a desplegar acciones que busquen la protección de la vida y salud de sus trabajdores.