La Procuraduría General de la Nación consideró infundadas las objeciones presidenciales a la Ley 142 de 1994 y estimó que sí es posible eliminar los cobros por reconexión y reinstalación de servicios públicos a los estratos 1, 2 y 3.
Luego de estudiar las objeciones al proyecto de ley con el que se pretende modificar la Ley 142, que busca eliminar el cobro por reconexión y reinstalación de los servicios públicos domiciliarios residenciales y se dictan otras disposiciones, la entidad considera que al no haber una decisión estructural de fondo frente a la gratuidad de los costos del sistema, la medida resulta constitucional.
Para el ente de control, la norma implica una modificación de los incentivos de eficiencia, ya que no se elimina la desconexión por mora, ni el pago de intereses por ese concepto, pero sí se obliga a las empresas a no trasladar al usuario el costo de dicha operación.
Según el concepto emitido por el Ministerio Público, el proyecto normativo en estudio “lejos de hacer inviable la prestación de los servicios públicos, simplemente altera los incentivos que garantizan la prestación de un servicio de calidad”.
En lo relacionado con el deber de regulación tarifaria de acuerdo con los costos del servicio, la Procuraduría encontró que el Gobierno no tiene la razón, porque la norma no regula el costo de los servicios públicos, sino el de un servicio administrativo conexo.
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